Los pacientes muchas veces se ven afectados por retrasos en los diagnósticos, intervenciones medicas defectuosas, prescripción inadecuada de medicamentos, y especialmente ahora, en tiempos de coronavirus hay muchas citas que se hacen telefónicamente e incluso se postponen pruebas durante meses.
Creer que estabas en manos de un profesional y que después no resulte así, sobre todo en temas de salud es algo muy frustrante
¿Qué es una negligencia médica?
un daño físico o moral producido al paciente como consecuencia de un procedimiento medico imprudente o hecho desde el desconocimiento.
El personal sanitario debe preservar y restablecer la salud del paciente, y aunque en muchos casos el resultado es incontrolable, los profesionales deben actuar conforme a unos estándares y no pueden apartarse de ellos injustificadamente.
Cuando estamos enfermos no nos queda más remedio que acudir al hospital para que un especialista nos trate la patología o nos realice la intervención que sea necesaria, depositando nuestra confianza y nuestra vida en muchos casos en estos profesionales, pero en ocasiones nos encontramos que no se ha actuado de acuerdo a la lex artis.
Vías:
- Procedimiento penal, reclamar una indemnización por daños y perjuicios sufridos, ya sea por unos servicios públicos o privados y solicitar la imposición de una pena para los responsables. Tiempo de resolución superior a 3 años. Art 152 CP
Podrás solicitar la inhabilitación del médico.
- Procedimiento civil, reclamar una indemnización de daños y perjuicios por una asistencia sanitaria privada, además se puede iniciar una acción contra la aseguradora. Tiempo de resolución año o año y medio.
- Procedimiento administrativo, reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos a consecuencia de una asistencia sanitaria dispensada por los servicios públicos o prestada por concierto con una mutualidad de funcionarios tipo ISFAS o MUFACE. Tiempo de resolución dos o tres años.
Matices:
*Importante la prescripción penal interrumpe la civil y la administrativa, al revés NO
*No puedes iniciar dos procedimientos a la vez
*El procedimiento civil y administrativo son excluyentes entre sí, es decir, una vez te decides por uno de ellos, después no puedes iniciar el otro
La levedad o gravedad, no dependerá del resultado sino de la imprudencia cometida, podemos encontrarnos en ocasiones que la muerte de una persona es considerada imprudencia leve, y, por lo tanto, no perseguible penalmente
Criterios del TS para determinar la gravedad o no de la negligencia:
- Previsibilidad del riesgo (factor subjetivo): cuanto más previsible sea el riesgo más nivel de exigencia del deber de cuidado y más grave resultará su vulneración.
- Intensidad del deber objetivo de cuidado (factor objetivo): si el descuido es grave y la afectación de la regla de actuación relevante la imprudencia es grave
Recomendación, iniciar un procedimiento civil o administrativo y después acudir al penal
Doctrina del daño desproporcionado
Significa que las negligencias médicas son una excepción a la norma general de la carga de la prueba.
En el ámbito sanitario se entiende que existe culpabilidad cuando el medico no adecúa su intervención a las reglas exigibles según el acto médico realizado, es decir, el daño causado es impropio para el acto medico concreto, siendo desproporcionados respecto a los riesgos propios de la intervención.
Si existe una desproporción total y absoluta entre el acto medico realizado y los daños y secuelas generados, que llevan a presumir que existió una negligencia médica, se invierte la norma general que obliga al paciente a demostrar la negligencia
El Tribunal Supremo en sentencia de 6 abril 2015 estableció que“la doctrina del resultado desproporcionado o resultado clamoroso se aplica cuando tal resultado lesivo causado no se produce normalmente, o no guarda relación o proporción con la entidad de la intervención y no era previsible, es inesperado e inexplicado por la demandada, pero es inasumible, por su desproporción antes lo esperable de la intervención”
En virtud del principio de facilidad y proximidad probatoria, el profesional médico puede estar obligado a probar las circunstancias en que se produjo el daño generado en la esfera de acción de demandado de los que habitualmente no se producen sino que por razón de una conducta negligente, dado que entonces el enjuiciamiento de la conducta del agente debe realizarse teniendo en cuenta, como máxima la experiencia, la necesidad de dar una explicación que recae sobre el que causa un daño no previsto ni explicable en su esfera de actuación profesional, TS 23 de mayo 2007.
Destacar que, ninguna circunstancia que pueda influir en la relación de causalidad entre la asistencia y el daño (culpa del perjudicado, estado de salud previo…)
El facultativo deberá probar que ha actuado conforme la lex artis, adoptando todas las medidas necesarias
¿Cuáles son las negligencias médicas más comunes?
- Retraso y/o error diagnóstico
- Daños por error en intervención quirúrgica
- Falta de información al paciente
- Daños por medicamentos inadecuados
- Lesiones durante el embarazo o parto
- Falta de consentimiento del paciente o familiares
Elementos de la negligencia:
1)Lesión: inmediata o no, física o moral
2)La mala praxis, descuido de la diligencia debida
3)Nexo causal, la lesión debe ser consecuencia de la mala praxis
Plazos
-En caso de fallecimiento 1 año desde que se produjo
-Secuelas, 1 año a partir de cuando se tenga constancia de las secuelas definitivas. Lo habitual es que se cuente el plazo desde la fecha del alta domiciliaria.
Tipos de daños:
-Daño continuado, aquel que sigue agravándose con el tiempo, es necesario que queden en definitivas para poder valorarlas y empieza el plazo para reclamar
-Daño permanente, el que ya se ha producido, se puede reclamar en el plazo de un año desde que exista un diagnóstico claro
Secuelas:
-Físicas,
-Psíquicas
-Perjuicio económico
-Daño moral
Evidentemente no recibirá la misma indemnización una persona que sea incapacitada para trabajar durante un par de días, o una persona que no pueda volver a trabajar en la vida.
Factores que influyen a la hora de determinar la indemnización:
-Edad
-Gravedad de la negligencia
-Fallecimiento del paciente
-Tiempo de incapacidad del paciente
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