¿Qué son los gastos hipotecarios?
Son aquellos inherentes a la tramitación de la hipoteca.
Son unos gastos que cuando pediste la hipoteca tuviste que pagar si o si (gastos de notaria, registro de la propiedad, tasación de la vivienda o la gestoría que tramitó la hipoteca)
¿Por qué es posible que te devuelvan los gastos de hipoteca? Estos gastos fueron impuestos al particular (consumidor), quién pide el préstamo, existe una cláusula en el préstamo por la que se obliga al pago de unos gastos de forma unilateral.
El TS ha declarado nula dicha cláusula diciendo que es abusiva.
No importa si aún estás pagando la hipoteca como si hace 10 años que dejaste de pagarla, todos los gastos de cualquier hipoteca de antes de 2019 son reclamables
¿Qué recuperaré?
-50% Gastos de Notaria
-100% Gastos de Gestoría
-100% Gastos de Tasación
-100% Gastos de Registro
Se ejercitan dos acciones:
- Declaración de nulidad de la cláusula de gastos por pare del Juez.
- Pago de las cantidades pagadas por el consumidor en virtud de tal cláusula.
La acción de nulidad en el Derecho Español es imprescriptible, siempre se puede ejercer, pero en las acciones personales de restitución de cantidades, prescriben a los 5 años (1964CC)
Muchos bancos siguen argumentando que el plazo ha expirado, pero te están engañando y más tras el pronunciamiento del TJUE del 25 de enero de 2024
Hasta ahora se consideraba que existía un plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios, pero toda la situación ha cambiado a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de La Unión Europea, de 25 de enero de 2024.
¿Por qué es tan importante esta sentencia?
Esta sentencia se dictó para responder a varias preguntas planteadas por la Audiencia Provincial de Catalunya
La Audiencia Provincial de Catalunya tenía dudas sobre cómo interpretar la Directiva sobre cláusulas abusivas, respecto a la prescripción que aplicar, ya que el principio de efectividad se cumple por el plazo de 10 años que establece el Código Civil de Catalunya (5 en el Código Civil Español), pero se desconocía desde cuándo empezada a contar ese plazo.
El TJUE señala que “para que se pueda considerar cumplido el principio de efectividad un plazo de prescripción debe ser materialmente suficiente para que el consumidor pueda preparar e interponer un recurso efectivo con el fin de invocar los derechos que le confiere la Directiva”
Por ello, desde Luxemburgo se señala que “el plazo de prescripción solamente puede ser compatible con el principio de efectividad si el consumidor pudo conocer sus derechos antes de que dicho plazo empezase a correr o de que expirase”
El Alto Tribunal Europeo establece que el plazo para recuperar los gastos hipotecarios empieza a contar cuando se conoce el carácter abusivo de la cláusula ¿y eso qué significa?
Que hasta que no haya un pronunciamiento judicial sobre tú cláusula, el plazo de prescripción no empezará a contar.
A pesar de que muchos bancos siguen argumentando que el consumidor debía conocer la situación de abusividad de las cláusulas, el TJUE ha afirmado que “no cabe presumir que la información de que dispone el consumidor, más escasa que la del profesional, incluya el conocimiento de la jurisprudencia nacional en materia de derechos de los consumidores”
Normalmente es un procedimiento que suele acabar en la fase extrajudicial, si bien es cierto, que en ocasiones es necesario acudir al Banco de España para que intermedie entre la entidad bancaria y el cliente, y muy pocas veces se acaba en los tribuales.
Si aún no has reclamado los gastos hipotecarios, no dudes en ponerte en contacto conmigo para que iniciemos el procedimiento








